Opinión

No hemos condenado el nacionalismo como tal

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Tribune de Genève 22/10/2019.

On n’a pas condamné le nationalisme en tant que tel

  • On n’a pas condamné le nationalisme en tant que tel, parce que notre système n’est pas un système de démocratie militante. On a condamné des personnes spécifiques, ayant des responsabilités spécifiques, qui ont commis des actes dont il a été prouvé qu’ils constituaient des crimes.

La Cour suprême d'Espagne a rendu un jugement qui doit s'inscrire dans le cadre de la défense de l'État de droit, propre à toute démocratie consolidée. Dans tous les États membres de l'Union européenne, et pour l'Union elle-même, l'État de droit, c'est-à-dire le respect de la Constitution et la loi, est l'une des valeurs fondamentales sur lesquelles repose le système. Tel qu'adopté en 1948 lors de la création du Conseil de l'Europe au Congrès de La Haye, il n’y a pas de démocratie sans État de droit et sans démocratie les droits de l’homme n’existent pas non plus.

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Traducción mediante Google.

No hemos condenado el nacionalismo como tal

  • No hemos condenado el nacionalismo como tal, porque nuestro sistema no es un sistema de democracia militante. Se ha condenado a personas específicas con responsabilidades específicas que han cometido actos que han demostrado ser delitos.

La Corte Suprema de España ha emitido un fallo que debe ser parte de la defensa del estado de derecho, que es una característica de cualquier democracia consolidada.

  • En todos los Estados miembros de la Unión Europea, y para la propia Unión, el estado de derecho, es decir, el respeto de la Constitución y la ley, es uno de los valores fundamentales. en que se basa el sistema.
  • Como se adoptó en 1948 en el momento de la creación del Consejo de Europa en el Congreso de La Haya, no hay democracia sin el estado de derecho y sin democracia tampoco existen los derechos humanos.
  • Se pronunció una sentencia, no porque haya tratado de permitir que los catalanes voten, como algunos defienden, sino porque la Generalitat de Cataluña y los partidos y organizaciones sociales que la apoyan han lanzado el mayor desafío a la democracia. en España por algunas décadas.
  • Una mayoría parlamentaria que no tiene una mayoría social, ya que se obtiene por el efecto de un sistema electoral que da prioridad desproporcionada al voto de ciertas zonas y en violación de las reglas de la propia Cámara, que aprobó sin posibilidad de discusión, enmiendas, las llamadas leyes de "desconexión", la ley del referéndum de autodeterminación y la ley de transición legal y constitución de la República, que fueron inmediatamente suspendidas y declaradas inconstitucionales más tarde por el Tribunal Constitucional.

Sin tener en cuenta la prohibición constitucional, el gobierno catalán convocó el referéndum falso del 1 de octubre, en el que la propia Comisión de Venecia (organismo democrático de control de calidad integrado en el Consejo de Europa) advirtió que no tenía la base legal y las garantías específicas de los sistemas democráticos.

  • Además, en el parlamento de Cataluña tuvo lugar la declaración unilateral de vergonzosa independencia por parte de los diputados secesionistas, tan vergonzosa que una vez declarada y firmada por escrito, fue suspendida y oculta.

Estos son los hechos que, como en cualquier otro país democrático, han fundado la acción de la justicia, ya que al hacerlo han intentado la secesión de una parte del territorio, sin ningún respeto por la ley o la democracia, o los derechos. ciudadanos no secesionistas, mayoritarios y representados en la Cámara por partidos que han sufrido el "rol" de la mayoría de los diputados.

  • Se puede argumentar, tanto legal como académicamente, si los hechos probados en la decisión de la Corte Suprema son parte del delito de rebelión o sedición, los cuales están consagrados en el Código. Derecho penal español.
  • Los activos legales protegidos por cada uno son diferentes: el orden constitucional en rebelión y el orden público en sedición. Los elementos del tipo criminal a veces son concordantes y a veces diferentes, porque, aunque siempre se supone la existencia de violencia, es necesario distinguir el propósito de este último y su vínculo directo con el objetivo criminal: violencia dirigida directamente a la secesión en caso de rebelión, y violencia dirigida a evitar la aplicación de leyes y obstaculizar la ejecución de decisiones judiciales relacionadas con la sedición.

La Corte Suprema, la corte más alta, ha argumentado que los hechos encajan en el delito de sedición y lo hizo por unanimidad.

  • Al mismo tiempo, ha delineado la participación específica de cada uno de los acusados, sean o no funcionarios públicos, los individuos también pueden ser los autores del delito de sedición, para poder adaptar la sentencia teniendo en cuenta también las responsabilidades políticas que lo habían hecho en ese momento y que los funcionarios que se habían desviado de las decisiones políticas no fueron condenados por este delito.
  • Del mismo modo, en el caso del delito de malversación de fondos, aquellos que no tenían jurisdicción sobre la administración de dinero público tampoco fueron condenados.

No hemos condenado el nacionalismo como tal, porque nuestro sistema no es un sistema de democracia militante. Se ha condenado a personas específicas con responsabilidades específicas que han cometido actos que han demostrado ser delitos.